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CONCLUSIONES CUARTA SESIÓN CON EXPERTOS: ERTE Y TELETRABAJO

El 14 de Mayo tuvo lugar la cuarta de las Sesiones con Expertos organizada por INDUING para intercambiar diferentes puntos de vista, actuaciones, buenas prácticas y consejos en estos tiempos “excepcionales” que estamos viviendo.

Bajo el título: “ERTE y teletrabajo” INDUING contó como experto con Fabián Valero, Socio Director de la firma especializada en derecho del trabajo Zeres Abogados.

Durante el desarrollo de la jornada se abordaron diversas cuestiones novedosas y de interés, entre las cuales podríamos destacar las siguientes:

En materia de ERTE se analizó con detalle el RDL 18/20, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.

En concreto se habló de la creación del nuevo ERTE por fuerza mayor parcial como mecanismo para retomar de forma progresiva la actividad ordinaria de la empresa, permitiendo ir desafectando trabajadores del ERTE a medida que vayan surgiendo las necesidades, permitiendo con ello el mantenimiento de diversas bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social tanto para los trabajadores reincorporados como para los que siguen en reducción de jornada.

También se analizaron las novedades respecto de los ERTE por causas objetivas de carácter económico, técnico, organizativo o de producción, facilitando un puente para la conversión de os ERTE por fuerza mayor en estos ERTE de carácter objetivo. En este sentido se autoriza negociar un ERTE por causas objetivas mientras se mantenga vigente y en aplicación el ERTE por fuerza mayor, facilitando que entre un ERTE y otro no haya ni un solo día sin cobertura,

Asimismo, se enfatizó que no podrán beneficiarse de las bonificaciones a la Seguridad Social las empresas que tengan sus sedes en territorios considerados paraísos fiscales o que pretendan repartir dividendos en el año en que se han beneficiado de estas bonificaciones, si bien en este último caso con algunas excepciones.

Por último, se valoró el alcance establecido en la Disposición Adicional 6ª del RDL 8/20 en relación con el mantenimiento del empleo durante seis meses de los trabajadores incluidos en un ERTE por fuerza mayor, así como las excepciones a esta obligación creadas por medio del RDL 18/20.

Por lo que respecta al trabajo a distancia (teletrabajo), se analizó su regulación legal, empezando por recordar la necesidad de su plasmación por escrito.

A continuación, se explicaron las diferencias que podrían existir entre el teletrabajo y el trabajo presencial en cuanto a jornada, control horario, salarios, compensaciones o desconexión digital, entre otras cuestiones.

Finalmente se abordó la necesidad de contar con protocolos específicos que regulen el uso de los equipos informáticos (ordenador, tables, teléfonos móviles, cuentas de correo corporativo) por parte de todos los trabajadores, especialmente si están prestando servicios a distancia. Si no existe ningún protocolo preciso y detallado el trabajador disfrutará de una expectativa de intimidad que impedirá el control y vigilancia de la actividad del trabajador.

Asimismo se recordó que resulta necesario requerir a los representantes legales de los trabajadores para que en el plazo de 15 días emitan informe sobre esta cuestión.

Por último se recordó que cualquier medida de vigilancia debe respetar los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad.

Finalizada la exposición se dio paso a un turno de preguntas por parte de los asistentes, que se extendió durante una hora dada la cantidad de cuestiones planteadas.

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