PRINCIPALES NOVEDADES DEL CÓDIGO ADUANERO DE LA UNIÓN EUROPEA (CAU)
Los pasados días 31 de Mayo y 3 de Junio de 2016 el Sr José Muñoz, Jefe de Servicio Aduana de Valencia impartió una formación organizada por INDUING en Bilbao sobre la gestión aduanera y las principales novedades del Código Aduanero de la Unión Europea.
El Sr José Muñoz informó que con el Código Aduanero de la Unión (CAU) se prevé avances tanto en la integración tecnológica a nivel aduanero y de toda la Unión Europea, como a la implantación y consolidación definitiva del Operador Económico Autorizado, en adelante OEA.
Además explicó a los asistentes que la figura del OEA adquirirá mayor relevancia ya que cada vez va a tener más ventajas y al ser considerados socios de confianza de la Aduana, esta se va a centrar más en controlar las actividades de los operadores que no tienen dicha autorización.
El Sr José Muñoz recomendó la conveniencia de la obtención de la autorización, ya que en el 2020 y con la entrada en vigor prevista del despacho centralizado comunitario, será necesario disponer de la autorización de OEA de simplificaciones aduaneras para poder beneficiarse de dicha ventajas.
Destacó la importancia del origen de las mercancías y el control del mismo a fin de evitar el desvío de mercancías origen China hacia países que tiene firmados acuerdos preferenciales con la Unión Europea, beneficiándose de los mismos expidiendo certificados de origen preferenciales cuando no procedía su expedición al no ser de origen comunitaria la mercancía exportada.
Aconsejó que los exportadores obtengan el estatus de exportador autorizado debido a las ventajas que conlleva y conllevará en un futuro próximo así como se comentó también el nuevo sistema de certificación de mercancías SPG que entrará en vigor a principio del año próximo 2017.
Se desarrolló la figura del OEA con sus requisitos, tipos, reconocimientos mutuos, ventajas y la situación después de la entrada en vigor del CAU.
El Sr. José Muñoz, terminó su exposición esbozando las características y ventajas más importantes de las áreas exentas, ya sea del Almacén de Depósito Temporal, del Local Autorizado para Mercancías de Exportación, del Depósito Aduanero o del Depósito Distinto del Aduanero (DDA), puntualizando como quedan estas figuras después de la entrada en vigor del CAU y las modificaciones que la Ley de IVA ha supuesto en el funcionamiento del DDA.